Tanto va el cántaro a la fuente.

Paz Digital, 18-07-2008.- Son muchos años escuchando la misma cantinela, aguantando amenazas y permitiendo al Lehendakari manifestar el deseo del Pueblo Vasco de expresar su voluntad de independencia mediante un referéndum.




El PP reformó el Código Penal con el objetivo de castigar cualquier intento de Ibarretxe desobedeciendo el rechazo de las Cortes a su plan secesionista.



La Ley Orgánica 20/2003 introdujo los siguientes artículos en el Código Penal:



Art. 506 bis.

1. La autoridad o funcionario público que, careciendo manifiestamente de competencias o atribuciones para ello, convocare o autorizare la convocatoria de elecciones generales, autonómicas o locales o consultas populares por vía de referéndum en cualquiera de las modalidades previstas en la Constitución, será castigado con la pena de tres a cinco años e inhabilitación absoluta por un tiempo superior entre tres y cinco años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta.



2. La autoridad o funcionario público que, sin realizar la convocatoria o autorización a que se refiere el apartado anterior, facilite, promueva o asegure el proceso de elecciones generales, autonómicas o locales o consultas populares por vía de referéndum en cualquiera de las modalidades previstas en la Constitución convocadas por quien carece manifiestamente de competencia o atribuciones para ello, una vez acordada la ilegalidad del proceso será castigado con la pena de prisión de uno a tres años e inhabilitación absoluta por un tiempo superior entre uno y tres años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta.



Art. 521 bis.

Los que con ocasión de un proceso de elecciones generales, autonómicas o locales o consultas populares por vía de referéndum en cualquiera de las modalidades previstas en la Constitución convocadas por quien carece manifiestamente de competencia o atribuciones para ello, participen como interventores o faciliten, promueva o aseguren su realización una vez acordada la ilegalidad del proceso serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses.





ZP, con un guiño hacia el PNV, y como un muestra más de su talante, mientras el PSE se sentaba con ETA, decide derogar estos dos artículos mediante la Ley Orgánica 20/2003, de 23 de diciembre. "Será lo que los vascos quieran"





Ibarretxe, con paso firme, está dispuesto a llegar al final con su consulta, cuyo posible resultado positivo desemboque en un nuevo pacto de Estados entre España y el País Vasco.





Todo queda en manos del TC, Bermejo habla de la posible suspensión de la autonomía vasca, Alonso se lleva las manos a la cabeza y ZP, ZP... sonrie.



En medio de un clima convulso, cuando los primeros sondeos retiran la mayoría absoluta al PNV ¿Cuál será el resultado de la consulta (si esta llega a producirse)? ¿acudirán los vascos en masa a las urnas? ¿expresarán su voluntad en libertad?



¿Qué habría pasado con el art. 506 bis del C.P en vigor?

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